Impuesto sobre Patrimonio ¿Quién tiene obligación de tributar?
Coincidiendo con la campaña de la renta 2020, no podemos olvidarnos del Impuesto sobre el Patrimonio, que desde 2021 tiene carácter indefinido.
A continuación te explicamos, entre otras cosas, quienes deben presentar el Modelo 714 del Impuesto sobre el Patrimonio.
¿Estás obligado a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio?
Los dos criterios que sigue Hacienda para determinar quiénes deben presentar el Impuesto sobre el Patrimonio son:
- Que el resultado después de hacerlo salga a pagar una vez aplicadas las deducciones y bonificaciones.
- Que aun saliendo un resultado negativo, el valor de los bienes y derechos supere los dos millones de euros.
Sin embargo, la norma establece una base imponible mínima para estar obligado a tributar en Patrimonio, además de una larga lista de bienes y derechos exentos que veremos más adelante.
Límite exento de hacer el Impuesto sobre el Patrimonio
En cuanto a la base imponible, solo tendrás que declarar si ésta supera los 700.000 euros.
Además, de ese cálculo deberás excluir hasta 300.000 euros del valor de tu vivienda habitual con carácter general, aunque hay comunidades autónomas que aplican un límite diferente.
Se trata de Aragón (400.000 euros), Cataluña (500.000 euros), Extremadura (500.000 euros y entre 600.000 y 800.000 euros para personas con discapacidad) y Valencia (500.000 euros y hasta un millón de euros para las personas con discapacidad dependiendo del grado).
Qué elementos se incluyen en el Impuesto sobre el Patrimonio
En principio el tributo cubre todos los tus bienes y derechos. Sin embargo, la norma vuelve a excluir varios bienes. Esto quiere decir que hay elementos que no se tienen en cuenta a la hora de calcular tu base imponible, que es lo que servirá para determinar lo que pagas y si estás obligado a presentar el modelo 714.
Estos son los más importantes:
La vivienda habitual hasta 300.000 euros
La que sea tu vivienda habitual no se sumará a tu patrimonio con un máximo de 300.000 euros. Es decir, si tu vivienda está valorada en 400.000 euros, solo aportará 100.000 euros al cálculo de la base imponible.
El ajuar doméstico
Los muebles que tienes en casa, así como los electrodomésticos y utensilios del hogar no forman parte de la base imponible del impuesto.
Determinadas inversiones
Hay derechos de contenido económico que el Impuesto sobre el Patrimonio deja fuera como los correspondientes a los planes de pensiones, PPA, planes empresariales y contratos de seguro colectivo.
En otras palabras, este tipo de inversiones para la jubilación tienen ventajas fiscales frente a otros como, por ejemplo, los fondos de inversión. Tus fondos de inversión así como la mayoría de acciones cotizadas sí que sumarán a la hora de determinar si estás obligado a hacer el Impuesto sobre el Patrimonio.
El patrimonio empresarial y profesional
Aquí se incluyen los bienes que necesites para el desarrollo de tu actividad económica, empresarial y profesional y que ésta se ejerza de forma habitual, personal y directa y que constituya tu principal fuente de renta.
Determinadas obras de arte y antigüedades
La lista es muy amplia y se dirige a los objetos recogidos en el artículo 4.3 de la Ley 19/91. Además, existen una serie de cantidades exentas que son las siguientes:
90.151,82 euros cuando se trate de obras pictóricas y escultóricas con menos de cien años de antigüedad.
60.101,21 euros en el caso de obras pictóricas con cien o más años de antigüedad.
60.101,21 euros cuando se trate de colecciones o conjuntos de objetos artísticos culturales y antigüedades.
42.070,85 euros cuando se trate de obras escultóricas, relieves y bajo relieves con cien o más años de antigüedad.
42.070,85 euros en los casos de colecciones de dibujos, grabados, libros, documentos e instrumentos musicales.
42.070,85 euros cuando se trate de mobiliario.
30.050,61 euros en los casos de alfombras, tapices y tejidos históricos.
18.030,36 euros cuando se trate de dibujos, grabados, libros impresos o manuscritos y documentos unitarios en cualquier soporte.
9.015,18 euros en los casos de instrumentos musicales unitarios de carácter histórico.
9.015,18 euros en los casos de cerámica, porcelana y cristal antiguos.
6.010,12 euros cuando se trate de objetos arqueológicos.
2.404,05 euros cuando se trate de objetos etnográficos.
Si tu patrimonio supera los 700.000 euros sin contar la vivienda habitual sólo debes hacer una simulación del impuesto y restar de tu patrimonio los elementos que acabas de ver.
Cuánto se paga por Patrimonio
La cuantía a pagar depende de cada región, ya que cada comunidad puede aplicar su propia escala autonómica.
Tarifa del Impuesto sobre el Patrimonio
Esta cuantía ha cambiado para 2021 como parte de la subida de impuestos general que también afecta al IRPF. En concreto, en 2021 aumenta un punto el tipo marginal máximo, del 2,5% de 2020 al 3,5%.
Cuándo tienes que pagar
El Impuesto sobre el Patrimonio se presenta en las mismas fechas que la declaración de la renta y se hace rellenando el Modelo 714 de forma online.